Cada vez más seguido concurren a nuestro estudio consultas respecto a trabajadores que sufrieron graves accidentes de trabajo y que luego de recibir precaria atención médica por parte de su ART son notificados del alta médica para retomar tareas, sin embargo no se encuentran en condiciones de volver a trabajar. Y por aun no recibieron indemnización…
Por ello procedemos a evacuar las consultas más comunes según la situación de cada trabajador:
Alta médica trabajador que no se encuentra todavía en condiciones de retomar tareas.
En este caso se priva al trabajador de recibir el tratamiento adecuado y lograr la correcta recuperación frente a un siniestro. Una vez notificada la misma el dependiente debe presentarse al día siguiente a prestar tareas. Asimismo a los fines de requerir que se reabra su causa y que la ART continúe otorgándole prestaciones médicas tiene cinco (5) días hábiles para presentarse junto a un abogado especialista en derecho laboral en la Superintendencia de Riesgos del Trabajo que le corresponda según su domicilio.
En dichos casos debe acompañar:
Acreditar su identidad (DNI)
Denuncia del accidente de trabajo.
Alta médica otorgada por la ART.